NUEVOS MEDIOS DE PAGO DE SEGURO

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¿Cómo se van a poder pagar los seguros?

Les queremos contar cómo se podrán pagar los seguros y de qué se trata la norma complementaria de la resolución 40.541, 40.619 y 40.761.

Se podrán cobrar los seguros a través de:

  • Transferencias bancarias
  • Débitos directos
  • Depósitos
  • Tarjetas prepagas no bancarias
  • Billetera virtual
  • Pagos electrónicos
  • Cheques cancelatorios
  • Cheques de terceros endosados por el asegurado o tomador de la póliza
  • Entidades especializadas en cobranza (cadenas de pagos de servicios)
  • Efectivo, con comprobante de pago emitido por un controlador fiscal homologado por AFIP y registrado por la SSN y hasta la suma de $1000.
  • Cualquier medio electrónico de pago habilitado por el BCRA que podrán chequear en el siguiente link: https://goo.gl/BaPZjU

La implementación de estos medios de cobro permite dar trazabilidad a los fondos. Además se elimina el libro de registro de cobranzas que los PAS debían llevar, y ya no es aplicable el cartel que mencionaba la imposibilidad de recibir efectivo.

¿A partir de cuándo entra en vigencia y para qué montos?

  • A partir del 1ro de septiembre de 2017, los cobros de pólizas anuales que superen los $20.000.
  • A partir del 1ro de diciembre de 2017, los cobros de pólizas anuales que superen los $10.000.
  • Y a partir del 1ro de marzo de 2018, resultará aplicable para los cobros de premios menores a $1.000 siempre que se registre la operación con controlador fiscal.

fuente: SSN

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